miércoles, 21 de mayo de 2014

EL CONSEJO DE MINISTRO APRUEBA EL PROYECTO DE LEY PARA LA CREACCION DEL CONSEJO GENRAL DE COLEGIOS DE TERAPIA OCUPACIONAL EN ESPAÑA




El Consejo de Ministros del pasado viernes 16 de Mayo ha aprobado el Proyecto de ley por el que se crea el Consejo General de Colegios de Terapeutas Ocupacionales de España. Ese día es ya para nuestro colectivo un momento histórico, tanto por la relevancia que supone en sí mismo como por el esfuerzo y trabajo que ha llevado a su consecución. Han sido años de lucha que al fin obtienen su recompensa.
El Consejo será una herramienta poderosa para  la mejor defensa de la salud y los derechos de los usuarios de los servicios de Terapia Ocupacional en toda España y sentará la Estructura por la cual nuestro colectivo alcanzará la plena representatividad en el marco de las estructuras estatales en las cuales se dirime el futuro de la profesión. Entre ellas destaca el El Foro Profesional del Sistema Nacional de Salud constituido en el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, órgano colegiado de participación de las  profesiones sanitarias tituladas que tiene como objetivo contribuir a la mejora de la calidad  asistencial y de las condiciones del ejercicio de estas profesiones.


Aquí te dejamos el enlace al corte de la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros en que se anunció la noticia y la Nota de Prensa que ha distribuido el Ministerio de Sanidad al respecto:

http://www.msssi.gob.es/gabinete/notasPrensa.do?id=3295

El Gobierno da luz verde a la creación del Consejo General de Colegios de Terapeutas Ocupacionales

  • Acuerdo en el Consejo de Ministros
  • Agrupará a los distintos colegios de esta profesión sanitaria
16 de mayo de 2014. El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta de la Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Ana Mato, el Proyecto de Ley por la que se crea el Consejo General de Colegios de Terapeutas Ocupacionales. Se trata del órgano que agrupará a los distintos colegios de esta profesión sanitaria.
La Ley 2/1974 de Colegios Profesionales establece que, cuando estén constituidos varios colegios de una misma profesión de ámbito inferior al nacional, existirá un Consejo General de Colegios, cuya creación ha de tener lugar mediante Ley de Estado. Esta situación se produce en la profesión de terapeutas ocupacionales, por lo que resulta procedente constituir mediante la norma correspondiente, el Consejo General, como corporación de derecho público, que tendrá personalidad jurídica y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines con arreglo a la ley.
El Consejo General de Colegios de Terapeutas Ocupacionales se relacionará con la Administración General del Estado a través del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
En el plazo de dos meses, se constituirá una comisión estora compuesta por un representante de cada uno de los colegios oficiales existentes y, en el plazo de seis meses, elaborará unos estatutos provisionales reguladores de los órganos de gobierno. Éstos se remitirán al Ministerio, que verificará su adecuación a la legalidad y ordenará, en su caso, su publicación en el BO
 

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